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AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PYMES DIRIGIDAS A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR

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Esta ayuda se recibe al amparo del Decreto 87/25, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a personas trabajadoras y pymes dirigidas a la conciliación de la vida laboral y familiar, en el que se aprueba la  primera convocatoria.

La ayuda se concede a cargo a la aplicación presupuestaria 02006/253A/47000 y Proyecto 20250236 “Fomento de medidas de conciliación en el ámbito laboral” de los fondos de la Comunidad Autónoma, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogados durante el ejercicio 2025, desde el 1 de enero de 2025 hasta, en su caso, la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.

OBJETIVO

Establecer las bases reguladoras de ayudas económicas, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, destinadas a personas trabajadoras autónomas y pymes, para implantar medidas de conciliación como el teletrabajo y/o la flexibilización de la jornada, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la finalidad de estas ayudas es promover una mejor conciliación familiar, personal y laboral de las personas trabajadoras en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa.

RESULTADOS ESPERADOS

Línea 1. Formalización de cuatro (4) acuerdos de teletrabajo, por un período de tiempo no inferior a un año, con personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato laboral, así como contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo y establecer en el propio contrato el acuerdo que regule esta situación por un período de tiempo no inferior a un año.

Línea 2. Formalización de  cuatro (4) acuerdos de flexibilidad horaria por un período no inferior a un año, con un trabajador o trabajadora vinculada a la empresa por contrato laboral y/o acuerdos colectivos, firmados con más de un trabajador/a o, mediante acuerdo entre la empresa con parte de la plantilla. 

ENTIDAD SOLICITANTE: Escuela de Conkistadores S.L.U.

Nº de expediente: 2025/0773605

Duración: un año desde la fecha de aplicación de la  actuación que fundamentó la concesión de la subvención y el cumplimiento de las condiciones.

Subvención: 22.000,00 €

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